domingo, 24 de agosto de 2008

CONVOCATORIA AL PREMIO IBEROAMERICANO EN CIENCIAS SOCIALES


El Instituto de Investigaciones Sociales de la Universidad Nacional Autonoma de Mexico, con el apoyo de la Organizacion de Estados Iberamericanos, en afan de fomentar la investigaciony produccion academica, ha convocado a investigadores y profesores de las carreras de sociologia, ciencia politica y demografia para participar en la quinta edicion del premio iberoamericano en ciencias sociales. El trabajo ganador sera publicado en la Revista Mexicana de Sociologia del Instituto de Investigaciones Sociales de la UNAM. Para mas detalles ver (http://www.iis.unam.mx/5to_premio.html)

sábado, 23 de agosto de 2008

Orden y Excepcion

Nuestro colaborador Carlos Perez nos mando este recomendable articulo.

"Pues donde está el peligro crece también la salvación"

Friedrich Hölderlin

Por: Carlos Eduardo Pérez Crespo

1. Introducción.

Desde hace algún tiempo vengo trabajando y releyendo la obra del autor alemán Carl Schmitt. Sin embargo hasta el momento no me había animado a escribir algo serio sobre sus ideas, salvo algunos apuntes críticos, porque me parece un autor complejo que debe leerse con calma y cuidado para no caer en el "facilismo" o el estereotipo ideológico.

La polémica sobre el legado e intepretación de Carl Schmitt ha despertado una gama de publicaciones en los últimos años. Para algunos Schmitt fue un "nacionalista" por su oposición al Tratado de Versalles y la Liga de Naciones en los tiempos de la República de Weimar; otros en cambio lo ven como un "estatista" que defiende la soberanía y la unidad del Estado; pero quienes analizan el período 1933-1937 de su trayectoria lo consideran un "converso" al nazismo; y, finalmente, para otros es sobre todo un "teólogo político" (Cf. Böckenförde 1996: 83-86).

En nuestro medio el experto en Schmitt es
Eduardo Hernando Nieto, quien ha recibido duras críticas de Gonzalo Gamio, Alessandro Caviglia y demás interesados en el tema. No obstante, en mi opinión personal, se ha criticado hasta el momento sólo una parte del pensamiento schmittiano (el "estado de excepción") pues no se conoce realmente la vastedad de la obra de Schmitt.

De este modo, se ha dejado en las críticas una gama de temas schmittianos de importancia fundamental, como son la crítica a los principios del parlamentarismo contemporáneo, la distinción (no concepto) amigo-enemigo, la separacion entre democracia y liberalismo y la defensa del Starker Staat ("Estado fuerte"). Por esa razón, me parece que hay una lectura muy superflua de Schmitt y, por ende, no se ha tomado con la seriedad necesaria la profundidad y
el desafío de sus críticas al liberalismo y nuestra política hoy.

Con ánimos de aportar al desarrollo del estudio científico de Schmitt en nuestro país, presento este modesto artículo sobre "el orden y la excepción" en la obra del jurista alemán, dejando los otros temas mencionados para una próxima ocasión.

2. Orden y Excepción en la teoría política

Quentin Skinner ha mencionado que entre los siglos XIII y XIV "el cambio fundamental fue de la idea de que el gobernante 'conservaba su estado' –donde esto simplemente significaba sostener su propia posición- a la idea de que existe un orden separado y constitucional, el del Estado, que el gobernante tiene deber de mantener" (1985: 8-9). Asimismo, esto fue de la mano con el elemento que le dio al Estado su legitimidad política, la soberanía, que en palabras de Mairet, "consiste en unir, en el Estado, lo que la Edad Media mantenía siempre separado, a saber, el principio de la autoridad y el ejercicio de la autoridad (1981: 244).

Es decir, el cambio fundamental en la modernidad fue la idea de que el Estado era una institución autónoma que el gobernante debía preservar bajo la legitimidad de la soberanía estatal. Los resultados de este proceso pueden verse en Maquiavelo que frente a la caída de las ciudades-república en el Regnum Italicum a fines del s. XV e inicios del s. XVI, propuso en El Príncipe que el soberano posea una buena fuerza militar (ejército nacional) y que rechace las virtudes morales del humanismo cívico (Cf. Skinner 1985: Cap. 4). Mientras que Hobbes, en el contexto de guerra civil de Inglaterra del s. XVII, elaboró una teoría del Estado a través del contrato de los individuos para garantizar la paz y la seguridad, siendo el soberano el que da protección y reclama obediencia de estos: autoritas, non veritas facit legem (Cf. Skinner 2007).

En este sentido, la apelación al "orden" se relacionó a la preservación del Estado como "aquella comunidad humana que en el interior de un determinado territorio –el concepto de 'territorio' es esencial a la definición- reclama para sí (con éxito) el monopolio de la coacción física legítima" (Weber 2004: 1056). Sin embargo, tras las revoluciones norteamericana y francesa, la caída de las monarquías absolutas y las "olas revolucionarias" de 1820, 1830 y 1848 en Europa, es decir, después de los períodos de convulsiones sociales y políticas, esta noción de orden incorpora el concepto de decisión que estuvo presente en Maquiavelo y Hobbes pero que ahora tomaba un sentido distinto

La perturbación del orden ahora se consideraba como una situación excepcional, por lo cual los pensadores reaccionarios Joseph de Maistre (1753-1821), Louis de Bonald (1754-1840) y Juan Donoso Cortés (1809-1853) plantearían la necesidad de la decisión política para luchar contra la ilustración, el liberalismo y las revoluciones del s. XIX. Por eso a diferencia de los católicos tradicionales, en la interpretación de Schmitt, estos pensadores tendrían la habilidad de la decisión y la confrontación política (Cf. Cristi 1998: 61), cuestiones primordiales para mantener el orden y la autoridad del Estado.

Los pensadores reaccionarios, de esta manera, sitúan la legitimidad del Estado en su capacidad para preservar su existencia por medio de la decisión política, lo cual puede suponer la dictadura u otros medios que sean necesarios para dicho fin, asunto que Marx, en el Dieciocho Brumario de Luis Bonaparte, llamó el cambió de los lemas de "Légalité, égalité y fraternité" por los de "¡Infantería, caballería y artillería!". Schmitt recoge esta primacía de la decisión y la sitúa en el contexto de inicios del s. XX, contexto donde las monarquías absolutas habían desaparecido y la legitimidad de la democracia triunfó en todos los frentes políticos.

3. Soberanía, decisión y "estado de excepción"

En los siglos XVI y XVII el componente personal de la ley era central en las monarquías absolutas; no obstante, en los siglos XIX y XX esto termina con el triunfo de la legitimidad democrática. A pesar de que Schmitt aceptó estos desarrollos constitucionales se propuso instaurar nuevamente el componente personal en la soberanía para hacerla indivisible (Cf. Schwab 1988: xvi).

Esto no se debe a un impulso romántico de "volver al pasado", sino al convencimiento de Schmitt de que la restitución del elemento personal en la soberanía es central para el Estado constitucional moderno (Ibíd.). Así, intenta "resucitar al Leviatán" (Cf. Serrano 2002: 15) con una teoría del orden estatal que suscribe la idea hobbesiana de la mutua relación entre protección y obediencia, autoritas, non veritas facit legem (Cf. Schwab 1988: xiii), siendo esto más importante que la propia Constitución y las leyes: "el protego ergo obligo es el cogito ergo sum del Estado" (Schmitt 1999: 81-82).

El jurista desarrolla estas ideas a lo largo de Teología Política (1922). Pero para los fines de nuestra investigación nos centraremos en los dos primeros capítulos porque tratan sobre la soberanía y sus implicancias. Schmitt desarrolla en este libro la idea de decisionismo que supone la capacidad individual para establecer orden, paz y seguridad en una situación caótica, por un lado, y la responsabilidad personal para salvaguardar esta nueva creación de la situación estable (Cf. Schwab 1989: 45). En palabras de Schmitt, "la decisión se libera de todas las trabas normativas y se torna absoluta, en sentido propio. Ante un caso excepcional, el Estado suspende el Derecho por virtud del derecho a la propia conservación" (Schmitt 1998: 24).

Debido a que hay esta valoración del decisionismo por encima del Estado de derecho, Schmitt critica a los principales representantes del constitucionalismo liberal, Hans Kelsen y Hugo Krabbe, por haber situado al Estado como algo netamente jurídico, igualándolo así con la Constitución, y eliminando el componente personal de la soberanía (Cf. Schmitt 1988: 18-19).

El jurista alemán, por este motivo, intenta personificar la soberanía separando al Estado de la normatividad de la Constitución. Esta disociación es fundamental, pues Schmitt suscribirá como Maquiavelo y Hobbes que el Estado es una unidad autónoma e independiente que el soberano busca preservar y proteger (Cf. Skinner 1985: Cap. 4; Cf. Skinner 2007). Por esa razón, refuta la idea lockiana de que "la ley otorga la autoridad" porque esta no dice quién debe ejecutar dicha autoridad, pues las normas sólo indicarían cómo decidir, pero no quién es el llamado a hacerlo (Ibíd.: 32-33).

Siendo de tal modo, Schmitt cree que la legitimidad política del Estado no residiría sensu stricto en las normas constitucionales, sino en la capacidad del soberano, ahora encarnación de la autoridad estatal, de decidir en la excepción. Esta idea es fundamental.

Partiendo de la separación entre Estado y constitucionalismo liberal, y personificando la soberanía en el jefe de Estado, menciona en las primeras líneas de su libro: "soberano es quien decide / en el estado de excepción" (Schmitt 1998: 15). La frase está compuesta de dos ideas distintas: "soberano es quien decide" muestra que la soberanía "hecha persona" implica ipso facto la decisión; mientras que "en el estado de excepción" expresa que dicha concepción de soberanía "no puede referirse a un caso normal, sino extremo" (Ibíd.). De esta forma, soberanía, decisión y excepción se configuran como principios teóricos del Estado moderno.

Schmitt reconoce justamente en Jean Bodin esta introducción de la decisión en la concepción personificada de soberanía, por lo cual esta unión configura la noción de orden que tiene el autor alemán:
"…pero la soberanía, es decir, el Estado mismo, consiste en decidir la contienda, o sea determinar con carácter definitivo qué son el orden y la seguridad pública, cuándo se han violado, etc. […] Porque todo orden descansa en una decisión […] El orden jurídico, como todo orden, descansa en una decisión, no en una norma" (Ibíd.: 20-21).
Vemos así que el orden y la soberanía estatal en Schmitt se fundamentan en la decisión del soberano; pero no cualquier decisión pues el contexto se refiere a una situación borderline: "la decisión sobre lo excepcional es la decisión por antonomasia" (Ibíd.: 15).

Pero ¿qué es esto de lo excepcional?

En principio, debido a la visión teológica schmittiana de que todos los conceptos sobresalientes de la teoría del Estado son conceptos teológicos secularizados, el estado de excepción en el Derecho tendría un significado análogo al milagro en la Teología (Cf. Ibíd.: 54). Es decir, se considera que lo excepcional tiene un carácter impredecible, pero de gran poder: el milagro probaría la existencia de Dios, la excepción probaría la soberanía estatal.

Schmitt diría, por eso, que el estado de excepción no puede ser deducido de la estructura de la norma general del constitucionalismo liberal (Cf. Schmitt 1988: 6), por lo que la ubicación y delimitación de este no sería posible, pues estaría más allá de la propia normatividad: "El caso excepcional, el que no está previsto en el orden jurídico vigente, puede tal vez ser calificado como caso de extrema necesidad, de peligro para el Estado o de otra manera análoga, pero no se puede delimitar rigurosamente" (Ibíd.: 16-17).

Según el filósofo Giorgio Aganbem esto es "because civil war is the opposite of normal conditions, it lies in a zone of undecidability with respect to the state of exception, which is state power's response to the most extreme internal conflicts" (2005: 2). Y por este carácter impredecible y ambiguo del estado de excepción, Schmitt reconoce la preocupación del constitucionalismo liberal de normar estos casos donde la ley se suspende a sí misma. Por eso, suscribiendo de nuevo las ideas de Bodin, y apelando nuevamente a la personificación de la soberanía, fundamenta el significado de la excepción en la necesidad: "el príncipe sólo está obligado frente a su pueblo y los estamentos cuando el interés del pueblo exige cumplimiento de la promesa, pero no lo está si la necesidad es urgente" (Schmitt 1998: 18-19).

Este último pasaje es clave pues significa que si la situación lo amerita y el pueblo está de acuerdo, el soberano puede suspender el pacto inicial de "respeto a la Constitución" en nombre de la excepcionalidad de la situación política y la necesidad del pueblo. Por lo tanto, la respuesta a la pregunta de Schmitt, sobre el verdadero representante de la soberanía en concreto, se devela con la decisión sobre el estado de excepción, que estaría, además, por encima de la Constitución y las leyes, pues se busca preservar al Estado.

La legitimidad del soberano, por tanto, no estaría en la sujeción a la normatividad y la Constitución, sino en la decisión frente al caso excepcional para imponer el orden:

"Él decide si el caso propuesto es o no de necesidad y qué conviene hacer para dominar la situación. Cae, pues, fuera del orden jurídico normalmente vigente sin dejar por ella de pertenecer a él, puesto que tiene competencia para decidir si la Constitución puede ser suspendida 'in toto'. Dentro del moderno Estado de derecho se tiende a eliminar al soberano en este sentido" (Ibíd.: 17).

Habiendo instaurado la soberanía en el jefe de Estado, y colocado la decisión sobre la excepción por encima de las mismas leyes constitucionales como fuente de legitimidad, Schmitt sentencia: "lo normal nada prueba; la excepción, todo; no sólo confirma la regla, sino que ésta vive de aquella" (Ibíd.: 27).

4. Conclusiones

La concepción de orden en Schmitt supone una soberanía estatal personificada que busca preservar el Estado y que decide en el estado de excepción de acuerdo a la necesidad del momento y del pueblo: el soberano, así, habría estado adormecido en los tiempos de normalidad, pero despertaría en el estado de excepción (Cf. Schwab 1989: 50).

Habiendo dado este paso fundamental, el próximo camino del decisionismo es mantener el orden establecido y lograr su consecuente legitimidad política. Debido a que el fundamento político de los regímenes no es más el monárquico, Schmitt reconoce que en la política contemporánea la fuente de la legitimidad es la democracia, por lo cual incorpora esta desde la personificación de la soberanía y la idea rousseauniana de volonté générale.

Gonzalo Gamio ha criticado este planteamiento del "estado de excepcion", en un reciente post, señalando lo siguiente:
Pienso en tantos intelectuales y líderes de opinión en el Perú (algunos de inocultables simpatías fascistas), que están obsesionados con el tema del "Estado de Excepción" – una situación política en la que en teoría quedan en suspenso los Derechos Fundamentales -, y no están interesados en discutir las condiciones en las que el Estado de Derecho puede funcionar: quieren convertir la excepción en regla, y la regla en excepción.
Sin embargo, con todo respeto a mi profesor, debo afirmar que dicho planteamiento es errado, pues como hemos visto Schmitt no está interesado en situar una nueva normatividad, es decir, la de colocar a la excepción como norma o regla. Es más bien la excepción la que prueba la fuente de la legitimidad de la normatividad: la protección y seguridad del invididuo y la imposición del orden en la sociedad. Esto, como hemos visto, se sustenta en la idea hobbesiana de que la verdad no hace la ley, sino la autoridad. De modo tal que Schmitt no sitúa el debate en términos de normatividad o suspensión o no de los derechos fundamentales, sino de legitimidad política: "¿Qué derechos existen sin Estado?" se preguntarían tanto Hobbes como Schmitt.

La importancia de las ideas de Schmitt está en la crítica profunda al modo como concebimos la respuesta a las situaciones difíciles o de crisis. Un claro ejemplo de este asunto en el Perú es el golpe de Estado de 1992. Se suele considerar este hecho y al fujimorismo como un suceso deleznable, pero no nos tomamos la molestia de examinar con seriedad los fundamentos y presupuestos teóricos de fondo detrás de este hecho.

Si hiciéramos este ejercicio, y no sólo consideramos el hecho como la simple "antipolítica" y "autoritarismo", encontraríamos las ideas schmittianas que hemos descrito pues nos llevarían a pensar, como dijo hace cuarenta años Samuel Huntington, que "el problema principal no es la libertad, sino la creación de un orden público legítimo. Puede haber orden sin libertad, por supuesto, pero no libertad sin orden" (1968: 19). En este sentido, se necesita una discusión más seria sobre cuáles son las fuentes y las partes integrantes de la legitimidad política para la población en situaciones de crisis de autoridad.


Bibliografía

AGAMBEN, Giorgio. State of exception. USA: The University of Chicago Press. 2005.

BÖCKENFÖRDE, Ernst-Wolfgang. Carl Schmitt Revisited. EN: Revista Telos. N.104. Fall 1996. pp. 81-86.

CRISTI, Renato. Carl Schmitt and Authoritarian Liberalism. Strong State, Free Economy. Cardiff: University of Wales Press. 1998.

HUNTINGTON, Samuel. El orden político en las sociedades en cambio. Argentina: Editorial Paidos. 1968.

MAIRET, Gérard. "La génesis del Estado Laico de Marsilio de Padua a Luis XIV". EN: Historia de las Ideologías. Vol. I. México: Premia Editora. La red de Jonás. 1981.

SCHMITT, Carl. El concepto de lo político. Madrid: Alianza editorial. 1999.

SCHMITT, Carl. Political Theology. Four chapters on the concept of sovereignty. Traducción de George Schwab. USA: The MIT Press. 1988.

SCHMITT, Carl. Teología política. Argentina: Editorial Struhart & CIA. 1998.

SCHWAB, George. Introduction. En: SCHMITT, Carl. Political Theology. Four chapters on the concept of sovereignty. Traducción de George Schwab. USA: The MIT Press. 1989.

SCHWAB, George. The Challenge of the Exception. An introduction to the Political Ideas of Carl Schmitt between 1921 and 1936. USA: Greenwood Press. 1989.

SERRANO, Enrique. Consenso y conflicto: Schmitt y Arendt: la definición de lo político. Medellín: Universidad de Antioquía. 2002.

SKINNER, Quentin. "Quentin Skinner on Hobbes on the State". Entrevista realizada por Nigel Warburton para el podcast Philosophy Bites. 2007. En: http://nigelwarburton.typepad.com/philosophy_bites/2007/10/transcript-of-q.html

SKINNER, Quentin. Los Fundamentos del Pensamiento Político Moderno. Vol. I. México: FCE. 1985.

WEBER, Max. Economía y Sociedad. México: FCE. 2004.

Martes Politicos

En su ciclo de conferencias MARTES POLITICO la especialidad de Ciencia Politica y Gobierno de la Facultad de Ciencias Sociales de la PUCP, presenta:



Bolivia después del Referéndum.



Continuando con los martes políticos tendremos este martes al sociólogo y

analista político Alberto Adrianzén. Luego de haber estado durante el

referéndum revocatorio y en sucesivos momentos en Bolivia, el Analista

Político compartirá con nosotros su visión sobre el futuro de Evo Morales y

el proceso boliviano.



La reunión se desarrollará el martes 26 a las 4:30 pm en la Sala de Consejo.



Te esperamos!!!

martes, 19 de agosto de 2008

FLACSOANDES

Flacso Ecuador ha creado una innovadora plataforma de discusion e investigacion, muy practica y util para el cientista social. Flacsoandes es un espacio virtual en el cual uno puede acceder libre y gratuitamente a un centro de documentacion, a una biblioteca digital con libros y revistas completas, y a enlaces especializados en los diversos temas de las ciencias sociales. Asimismo, Flacsoandes porporciona un espacio de discusion en el cual se debaten sobre los trabajos de investigacion intercambiados. Les recomendamos visitar la pagina web (www.flacsoandes.org)

sábado, 16 de agosto de 2008

Convocatoria Arte&Práctica

Estimados compañeros, Nos dirigimos a ustedes para comunicarles que la agrupación estudiantil Arte & Practica de la Especialidad de Ciencia Política y Gobierno a través de la presente busca realizar una convocatoria para incluir nuevos miembros. La única condición es ser estudiante de la especialidad de Ciencia Política y Gobierno. A los interesados a la presente convocatoria solicitamos que respondan al presente correo: artepractica@gmail.com con la siguiente información: Nombre, código, PUCP, numero telefónico. Nos reuniremos el jueves 21 de agosto a las 2.00 p.m. en la entrada de Biblioteca de Ciencias Sociales para explicarles el proceso de selección de nuevos miembros.


Atte.
--
Arte&Práctica
Ciencia Política y Gobierno
Pontificia Universidad Católica del Perú

jueves, 14 de agosto de 2008

Transcripcion del debate.

Arte&Practica organizo hace unos meses un debate entre el profesor Martin Tanaka y el Profesor Jorge Bruce. Sobre el tema del racismo. Los videos del debate los pueden ver aquí. La transcripcion del debate aquí.

La transcripcion fue realizada por la Mesa de lucha contra el racismo de la CNDH

Saludos

domingo, 10 de agosto de 2008

Entre Gorgias y Socrates

Distintos autores le han dado definiciones diversas a la política. En general, podríamos afirmar que la política tiene que ver con el poder. Ya sea lo principal la voluntad de poder, la administración del poder, la búsqueda de poder o la conservación del poder, la política indudablemente tiene como eje principal y como piedra angular, el poder. Así, ya sea como medio o como fin, el poder actúa en base a una capacidad de movilizar, de obligar, de hacer y de deshacer. Por ende el poder existe en la medida en que afecta a los demás.

Es esta injerencia que tiene sobre las personas lo que nos lleva a preguntarnos que hay detrás de la política. Es decir, ¿bajo que parámetros y según que limites actúan aquellos que detentan el poder?

En los diálogos de Gorgias, Platón indaga sobre la moral detrás de la política. La tesis principal que defiende a lo largo de este texto es que es preferible evitar hacer el mal que evitar ser victima del mal, y que el objetivo supremo del hombre, tanto en la vida pública como en la privada, es ser realmente bueno y no solo bueno en apariencia (Gorgias: 7).

Para llegar a esta conclusión, Sócrates cuestiona el ‘arte’ de la oratoria. Sus dudas, críticas, apreciaciones y preguntas, las formula a través de un dialogo, con tres personajes: Gorgias (un maestro reconocido de la retórica), Polus (su aprendiz) y Callicles (un joven sofista). En general, Sócrates se muestra desconfiado, escéptico y critico de la oratoria. Afirma que no es un arte, no es conocimiento, sino simplemente un medio para obtener placer. Es así, que la oratoria es para Sócrates un acto vacío; carente de principios y desprovisto de una moral transversal.

En su dialogo con Gorgias, Sócrates precisa que existen dos tipos de convicciones: aquellas con conocimiento y aquellas sin conocimiento. Sócrates argumenta que ante una corte, el orador no le enseña al jurado lo que esta bien o lo que esta mal. El orador lo que hace es convencer. Convence para conseguir lo que desea y convence para evadir lo que no desea.

Este don de convencimiento es según Gorgias lo que le permite a un orador aparentar saber más que un profesional. Una buena apariencia es obtenida por buenos oradores, pero como toda cosa con poco fondo o contenido, la apariencia tienes límites. Sócrates nos indica que un orador solo puede tener éxito ante un público ignorante. Es así, que la oratoria muestra ser una convicción sin conocimiento (Gorgias: 32). Y es así que la oratoria existe solo en apariencia, y por lo tanto, cualquier bien que esta práctica puede traer, es solo bueno de manera superficial.

¿Y cual es la diferencia de ser realmente bueno y bueno en apariencia? Sócrates explica esta diferencia a través del arte de gobernar. Según este filosofo el ser humano es compuesto por cuerpo y alma. El arte encargado del cuerpo consiste en la medicina y el entrenamiento. El arte que se ocupa del alma es el de gobernar, su entrenamiento es la legislación y su medicina la administración de la justicia. Es así que a través de la buena gestión de estos medios, el gobernante asegura el bienestar de la ciudadanía. Recordemos la idea principal de Sócrates: es mejor evitar hacer el mal que evitar ser victima de un mal. Sócrates afirma que el hombre puede actuar como quiera, puede confiscar, mata o censurar. Pero lo cierto es que esto no actúa a ventaja suya ya que son los hombres honorables y sinceros los que son siempre mas felices. Es así que el objetivo de cualquiera que busca ser feliz, es hacer el bien. ¿Y como se logra esto? Sócrates nos dice que a través de la justicia.

El hombre malvado, es según Sócrates, más malvado si no paga castigo por sus crímenes. Así, el castigo es bueno, en tanto que beneficia al que castiga, y corrige al que es castigado. Por ello el hombre que hace solo el bien será siempre más feliz, que el hombre curado de su maldad, quien por lejos, es más bueno que el hombre que huye de la justicia (Gorgias: 71). Es así, que la justicia para Sócrates es la cura de la maldad (Gorgias: 69). Y por ello la justicia es el trasfondo de todo lo realmente bueno, y lo carente en todo lo bueno sólo en apariencia.

La oratoria para Sócrates es útil para aquel que desea huir de la justicia. Por ello el apogeo de este ‘arte’ se explica a través de un estado corrupto y de una ciudadanía ignorante. Según Sócrates el gobernante debe ser evaluado no por lo que hace por el estado (como sirviente que consigue cosas), sino por lo que hace por la ciudadanía (Gorgias:133). Es decir, debemos preguntarnos como el gobernante nos ha ayudado a nosotros los cuidadnos a ser mejores, y por ende mas felices. Lo real para Sócrates es un cambio de objetivos en los gobernantes. El orador de Atenas en ese momento buscaba según Sócrates gratificar la audiencia y conseguir éxito personal. Así, la oratoria era una herramienta mal usada por aquellos con objetivos vanos y superficiales. El orador de Atenas era incapaz de velar por un interés público si es que esto implicaba decir lo que no se deseaba escuchar (Gorgias:110). Así el gobernante, jamás actuaba en base a principios, moral, o justicia. A medida que la oratoria era mas valorada que la justicia, el gobernante era mas valorado por su capacidad de convencer, de engatusar.

Por lo anteriormente expuesto, vemos que la base ética de la política según Sócrates es el bien. El gobernante, a cargo de una ciudadanía ignorante, corrompida, debe a través de la justicia y el conocimiento, encaminarla hacia el bien. Es así que posteriormente, Platon en su texto, La República sustenta que el gobernante idílico es el filósofo, a medida que es éste el que a través de su amor por el conocimiento llega a la verdad (La República: 204). En La República, se marca una diferencia entre aquellos interesados en el conocimiento y aquellos interesados en las opiniones. Para Sócrates “la opinión no es otra cosa que aquello por lo que tenemos facultad de juzgar sobre las apariencias” (La República: 207).

Es así que lo que Platón propone es una ética basada en la genuina búsqueda del bien; bien que es real y no aparente; bien al cual se accede solo a través del conocimiento; bien que se implanta por medio de la justicia.

Ahora bien, ¿es la política la búsqueda del bien tal como lo plantea Platón? ¿Es la justicia la mejor manera de crear una ciudadanía mejor? En el Peru, hay oradores, hay ‘opiniólogos’ y también, hay filósofos. ¿Y quien nos gobierna? Hasta ahora siempre han parecido ser personas que no calzan en mas que las primeras dos categorías. Será entonces tarea de las próximas generaciones de profesionales, tratar de ser gobernantes más reales y menos aparentes.

Maria Paula Brito

Bibliografía

Platón Gorgias Madrid, Consejo Superior de Investigaciones Científicas, 2000

Platón La República Barcelona, Editorial Juventud 2000





lunes, 4 de agosto de 2008

Ciencia Política en América Latina

Ciencia Política en América Latina
Dieter Nohlen
(de: Diccionario de Ciencia Política, editado por Dieter Nohlen, dos tomos, Ciudad de México: Porrúa 2006)

La C.P. en America Latina ha tenido un desarrollo muy desigual, en íntima relación con el propio desarrollo político de los diferentes países. La coincidencia se refiere tanto a sus inicios y al camino recorrido hacia una disciplina científica, como a sus temarios y a sus alcances teóricos y metodológicos. Aunque en términos generales se puede hablar de un cierto afianzamiento de la C.P. en la región, su estado actual difiere mucho según los países, lo que restringe fuertemente las generalizaciones. Por lo demás, existe poca autoreflexión sobre la disciplina y su desarrollo.
(1) Las disparidades del desarrollo de la disciplina se desprenden bien de los balances por país que ha compilado D. Altman en la Revista de Ciencia Política en su número aniversario XXV de 2005. Mientras que M. Leiras, J.Abal Medina y M. D’Alessandro observan para Argentina el camino de la institucionalización de la C.P. desde la retrospectiva, M. Tanaka pone énfasis en la necesidad de establecer aún la C.P. en el Perú. Mientras que para Venezuela A.E. Álvarez Díaz y S. Dahdah Antar destacan las fortalezas pasadas y llaman la atención sobre las vulnerabilidades presentes, R. Alfaro Redondo e I. Acuña Chaverri ven en Costa Rica la C:P. todavía en búsqueda de su identidad disciplinaria. D. Azpuru opina que en Guatemala la C.P. se enfrenta al reto de su consolidación como disciplina independiente, consistiendo en Brasil el reto para la C.P. en su expansión, según O. Amorím Neto y F. Santos. En términos generales, pasar de vocación a disciplina, desarrollo exitoso que atestan A.M. Bejarano y M.E. Wills para Colombia, ha resultado difícil, y en algunos países es obra aún no acabada. En este proceso, el factor político ha constituido la variable de mayor impacto. El desarrollo tardío y
frágil de la democracia trajó consigo un desarrollo análogo de la C.P. Así lo constatan rotundamente A. Majía Acosta, F. Freidenberg y S. Pachano para Ecuador. En el caso de Bolivia, M. Varmoux Garay ubica la situación de la C.P. precisamente entre dos fases políticas, entre la reforma política, muy influida por algunos politólogos, y la crisis de la democracia. En el caso de México, S. Loaeza considera que el pulso de la disciplina corre parejo al pulso del cambio político. Sin embargo, en los países de mayor desarrollo de la disciplina, sobre todo en
Argentina, se observan evoluciones que tienen su fundamento en el dinamismo interno de la C.P., relacionado con el desarrollo de la disciplina en el mundo occidental, o sea, en consideraciones algo desvinculadas del quehacer político autóctono.
(2) Es difícil determinar de forma precisa el momento fundacional de la C.P. en América Latina, debido a la dificultad de diferenciar bien entre estudios políticos realizados por académicos provenientes de disciplinas vecinas, como la historia, la sociología o la economía, y la C.P. como disciplina propia. Hasta hoy día, valiosos estudios de la política se efectúan “fuera” de la C.P. Para la constitución de la disciplina ha sido clave el desarrollo de las →Ciencias Sociales en general. Sin embargo, tanto la debilidad de las ciencias sociales como el predominio de una de ellas podía representar un obstáculo para el establecimiento de la C.P. La sociología,
establecida con anterioridad a la C.P., constituye un ejemplo de esta última condición, en la medida en que sus enfoques y tradiciones teóricas hayan podido negar la autonomía de lo político y, por consiguiente, la necesidad
de una disciplina específica dedicada al análisis de la política. El caso peruano resulta el más llamativo en este sentido, con el agregado de que cuando se genera una demanda de estudios políticos, son los propios sociólogos los que la cubren, invadiendo y ocupando de hecho el ámbito genuinamente politológico. Esto explica la tardanza en la constitución de la C.P. propiamente dicha en el Perú, tanto en su dimensión de investigación como de docencia.
Para la mayoría de los países de la región se puede diferenciar entre dos épocas fundacionales, finales de los años sesenta y principios de los años ochenta. En Venezuela, por ej., la C.P. nace en 1958 con la democracia, enel contexto de lucha por su constitución, en la que la Universidad desempeñó un papel de abanderado. Allí seestablece por primera vez la relación prioritaria en el desarrollo de la C.P. en América Latina: su vinculación conla →Democracia. La disciplina nace con la democracia, que es a la vez norte y objeto de su estudio. Sin
embargo, la relación no es del todo fácil. Muchos politólogos de la primera generación se sintieron atraídos por la política, compromitiéndose con ella, lo que supuso para la C.P una pérdida de recursos intelectuales, dado que muchos abandonaron el campo académico. El desarrollo de la profesionalidad se vió asimismo negativamente afectado, en la medida en que las posiciones ideológicas y los enfrentamientos políticos vividos en tiempos de democracia invadieron las oficinas de estudio y las aulas de docencia. Esta última tendencia se expresó más claramente en el concepto de la →Ciencia Comprometida.

(6) Lo que observa M. Tanaka (2005) para el caso peruano, es válido para toda la región: “la politización de la academia ha disminuido considerablemente, se ha legitimado el estudio de la política desde cánones científicos, los politólogos (aunque todavía muy pocos) tienen mejor formación y están más al tanto de la literatura internacional”. Es conveniente señalar que estos logros se consiguieron en el marco de un entorno financiero
precario, en el que se encuentra en general toda la academia latinoamericana. Es apropiado también mencionar el aporte internacional al desarrollo de la disciplina regional a través de programas de cooperación entre centros de estudios latinoamericanos, por un lado, y estadounidenses y europeos, por el otro. Especial mención merecen las fundaciones científicas y políticas por sus programas de becas. El reclutamiento de politólogos para ejercer la
C.P. universitaria, es decir, para la investigación y la docencia, pasa en la actualidad por estudios de doctorado en Estados Unidos o Europa, siendo el lugar del estudio muy indicativo para la orientación epistemológica del profesional. Respecto al futuro de la C.P. en América Latina, referiéndonos nuevamente a los balances nacionales de su estado actual en la Revista de Ciencia Política (2005), el objetivo general y mayormente aceptado es el consolidar el establecimiento de la disciplina y fomentar su profesionalidad. Se piensa, por un
lado, en el desarrollo de un mayor pluralismo temático (especialmente a través de una mayor orientación hacia el análisis de las políticas públicas) y metodológico (sobre todo mediante la aplicación del método comparativo en sus múltiples dimensiones) y, por el otro, en la superación de tendencias endogámicas, o sea, en el desarrollo de un mayor sentido de comunidad científica como comunidad de debate y crítica. Como señales positivas en esa
dirección se pueden interpretar la creciente cantidad de revistas politológicas y, en general, la mayor actividad de las asociaciones nacionales de C.P., así como la fundación en 2003 de la Asociación Latinoamericana de Ciencia Política, cuyos muy frecuentados congresos se celebran anualmente. Por otra parte, el crecimiento de la disciplina plantea también un reto desde un punto de vista más material, que a menudo se tematiza en los debates
internos. Se trata, en primer lugar, del financiamiento de los estudios, en segundo lugar, de la calidad de la oferta académica y su evaluación según criterios homologados y, por último, del ingreso de los licenciados en C.P. en el mercado laboral a un nivel correspondiente a su formación.